Tributación de no residentes en España – IRNR y Modelo 210

Derecho fiscal en España y Alemania

Una persona que no es residente fiscal en España puede seguir teniendo obligaciones fiscales españolas si obtiene rentas o posee determinados bienes en España. Es especialmente frecuente en propietarios de inmuebles.

Inmueble de uso propio

Los propietarios no residentes de determinados inmuebles urbanos pueden estar sujetos a una imputación de renta incluso cuando no alquilan el inmueble.
La base se determina generalmente a partir del valor catastral y se aplica, según el caso, un porcentaje del 1,1 o del 2 por ciento antes de aplicar el tipo del IRNR.

Tipos impositivos

Para numerosas rentas sometidas al tipo general, los residentes en la Unión Europea y determinados Estados del EEE tributan actualmente al 19 por ciento. Para otros contribuyentes el tipo general es, con carácter general, del 24 por ciento.
Determinadas rentas tienen tipos específicos.

Alquiler

Los ingresos derivados del alquiler de un inmueble español pueden estar sujetos al IRNR. La posibilidad de deducir gastos depende, entre otros factores, del Estado de residencia del contribuyente.

Modelo 210

El Modelo 210 se utiliza, entre otros supuestos, para rentas imputadas de inmuebles, determinados alquileres y ganancias derivadas de la venta de inmuebles. Los plazos varían según el tipo de renta.

Cómo podemos ayudarle

Preparamos declaraciones de IRNR y Modelo 210 y asesoramos a propietarios no residentes sobre uso propio, alquiler y venta de inmuebles.

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