Residencia fiscal en España
Derecho fiscal en España y Alemania
La residencia fiscal en España no depende únicamente del empadronamiento, de una tarjeta de residencia o de disponer de una vivienda. Deben aplicarse los criterios de la normativa tributaria española y, en situaciones de doble residencia, el convenio entre España y Alemania.
Regla de los 183 días
Una persona se considera, con carácter general, residente fiscal en España cuando permanece más de 183 días durante el año natural en territorio español.
Sin embargo, no es el único criterio.
Centro de intereses económicos
También puede existir residencia fiscal española cuando el núcleo principal o la base de las actividades o intereses económicos se encuentra directa o indirectamente en España.
Familia
Existe además una presunción, salvo prueba en contrario, cuando el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes residen habitualmente en España.
Doble residencia España–Alemania
Cuando una persona puede considerarse residente de ambos Estados, el convenio aplica sucesivamente criterios como vivienda permanente, centro de intereses vitales, residencia habitual y nacionalidad.
Consecuencias
El residente fiscal en España queda sujeto, con carácter general, a tributación española por su renta mundial, sin perjuicio de las reglas del convenio para rentas concretas.
Cómo podemos ayudarle
Analizamos la residencia fiscal y sus consecuencias para personas que viven, trabajan o tienen intereses económicos en España y Alemania.